Sustancias explosivas según la ley alemana sobre explosivos (SprengG)
Definición según el artículo 3 SprengG:
1. Sustancias explosivas:
a) Se trata de sustancias sólidas o líquidas y mezclas (sustancias)
aa) cuya explosión puede ser provocada por una solicitación habitual térmica, mecánica o de otro tipo y
bb) que han mostrado tener capacidad explosiva en la realización de los procedimientos de prueba según el Anexo de la Parte A.14. del Reglamento (CE) no. 440/2008 de la Comisión del 30 de mayo de 2008 para establecer métodos de ensayo de acuerdo con el Reglamento (CE) no. 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo al registro, la evaluación, la autorización y la restricción de las sustancias y preparados químicos (REACH) (Diario oficial L 142 del 31/05/2008, pág. 1), modificado últimamente por el Reglamento (UE) 2016/266 (Diario oficial L 54 del 01/03/2016, pág. 1) en la última versión publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Prueba según CE A.14. (Reglamento (CE) no. 440/2008 Anexo «Parte A: Métodos para la determinación de las propiedades físico-químicas, A.14. Propiedades explosivas)
El método está integrado por tres partes:
a) Comprobación de la sensibilidad térmica → más información,
b) Comprobación de la sensibilidad mecánica en los impactos → más información,
c) Comprobación de la sensibilidad mecánica en el estrés por fricción → más información.
El método permite obtener resultados que permiten comprobar la posibilidad de iniciar una explosión en caso de determinadas solicitaciones no extraordinarias. No sirve para comprobar si una sustancia es explosiva bajo cualquier condición.