Combustibilidad sostenida (prueba ONU L.2)
Los líquidos inflamables con un punto de inflamación en crisol cerrado de ≥ 23 °C y ≤ 60 °C deben clasificarse en principio primero en el grupo de embalaje III de la clase 3 según el derecho de la ONU relativo a transportes así como en la categoría 3 según el reglamento GHS o CLP (CE) no. 1272/2008, marcándolos con la palabra de advertencia «Atención» y el aviso de peligro «H226: Líquido y vapor inflamables».
Si tales líquidos acusan un punto de inflamación de > 35 °C pueden ser exceptuados de dicha clasificación si en ningún caso mantienen una combustión independiente. Para ello se precisa un ensayo negativo de combustibilidad sostenida (prueba ONU L.2) según la norma DIN EN ISO 9038.
En esta prueba se analiza si un líquido inflamable forma bajo determinadas temperaturas de la prueba (60,5 °C y 75 °C) y bajo condiciones definidas de la misma suficientes vapores como para mantener, después de la inflamación por una fuente de encendido (llama de gas propano) y la retirada de esta fuente de encendido, la combustión por sí solo o no.
Con una pipeta se incorporan 2 ml de líquido en una cavidad de muestra calentable de un metal resistente a la corrosión del aparato de prueba. Dentro de 60 ± 2 s de tiempo de atemperado, la sustancia a comprobar es llevada a la temperatura predefinida (60,5 °C o 75 °C). Si hasta entonces no se inflamó el líquido, la llama de base se lleva en la posición de comprobación por encima del borde del líquido, manteniéndose la llama durante 15 segundos en esta posición. Entonces se observar el comportamiento del objeto a comprobar.
Si durante el período de atemperado o después de aplicar y retirar la llama de comprobación no se observa ninguna combustión que se mantiene a sí misma, debe repetirse el ensayo con un tiempo de atemperado reducido de 30 ± 1 s.
Si en todos los ensayos realizados no se observa ninguna combustión sostenida ni durante el atemperado ni tampoco mientras se aplica la llama de comprobación, la sustancia a comprobar debe calificarse como «sin combustión sostenida», excluyéndola de la clasificación.
No obstante, la sustancia debe calificarse como con riesgo de una «combustión sostenida» si aparece una de las siguientes reacciones en una de las pruebas realizadas:
a) la cantidad de la sustancia a comprobar se enciende durante el período de atemperado
b) la cantidad a comprobar se enciende mientras la llama de comprobación se halla en la posición de comprobación, manteniéndose allí durante 15 segundos, continuando su combustión durante más de 15 segundos después de retirar la llama a la posición «Des».
Otra combustión que aparece interinamente y que dura menos de 15 segundos no representa ningún indicio de una combustión sostenida.
Por lo general y después de 15 segundos, la combustión ha terminado sin lugar a duda o bien sigue. En casos de duda, el producto debe calificarse como de combustión sostenida.
Fuente bibliográfica
DIN EN ISO 9038: Prüfung der Weiterbrennbarkeit von Flüssigkeiten (Comprobación de la combustibilidad sostenida de líquidos)